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E L   C A P I T A L

Carlos Marx


Libro tercero

EL PROCESO GLOBAL DE LA PRODUCCION CAPITALISTA



SECCIÓN QUINTA: DESDOBLAMIENTO DE LA GANANCIA EN INTERES Y GANANCIA DE EMPRESA


CAPITULO XXI

EL CAPITAL A INTERES


Al considerar por vez primera la cuota general o media de ganancia (sección II de este libro) aún no teníamos ésta ante nosotros en su forma definitiva, ya que la compensación se operaba simplemente como compensación de los capitales industriales invertidos en las diversas ramas. Esto se completó en la sección anterior, en que examinamos la participación del capital comercial en esta compensación y la ganancia mercantil. La cuota general de ganancia y la ganancia media se presentaban ahora dentro de límites más circunscritos que antes. En el transcurso de la investigación, no debe perderse de vista que cuando en lo sucesivo hablemos de cuota general de ganancia o de ganancia media lo haremos en esta última acepción, es decir, refiriéndonos a la forma definitiva de la cuota media de ganancia. Y como a partir de ahora ésta es la misma para el capital industrial y el mercantil, no es tampoco necesario, cuando se trate solamente de esta ganancia media, establecer una distinción entre la ganancia industrial y la ganancia comercial. Lo mismo cuando el capital se invierte industrialmente en la órbita de la producción que cuando se invierte comercialmente en la órbita de la circulación, arroja la misma ganancia media anual proporcionalmente a su volumen.

El dinero -considerado aquí como expresión autónoma de una suma de valor, ya exista de hecho en dinero o en mercancías- puede convertirse a base de la producción capitalista en capital y deja de ser, gracias a esta transformación, un valor dado, para pasar a ser un valor que se valoriza, se incrementa a sí mismo. Produce ganancia, es decir, permite al capitalista extraer a los obreros una determinada cantidad de trabajo no retribuido, de producto sobrante y de plusvalía, y apropiárselo. Con lo cual adquiere, además del valor de uso que posee como dinero, un valor de uso adicional: el que le permite funcionar como capital. Su valor de uso consiste aquí precisamente en la ganancia que produce, al convertirse en capital. Esta cualidad de capital potencial, de medio para la producción de ganancia, lo convierte en mercancía, pero en una mercancía sui generis. Lo que podríamos también expresar diciendo que el capital como tal capital se convierte en mercancía.[1]

Supongamos que la cuota media anual de ganancia sea el 20%. Según esto, una máquina con un valor de 100 libras esterlinas produciría, empleada como capital, en las condiciones medias y a base de la relación media entre la inteligencia y la actividad encaminada a un fin, una ganancia de 20 libras esterlinas. Por tanto, un hombre que disponga de 100 libras esterlinas tendrá en sus manos el poder para convertir estas 100 libras esterlinas en 120 o, lo que es lo mismo, para producir una ganancia de 20 libras. Tiene en sus manos un capital virtual de 100 libras esterlinas. Si este hombre cede las 100 libras por un año a otro que las emplee realmente como capital, le entrega el poder de producir 20 libras esterlinas, es decir, una plusvalía que no le cuesta nada, por lo cual no paga equivalente alguno. Si al final del año este hombre abona al propietario de las 100 libras [5] libras, supongamos, o sea, una parte de la ganancia obtenida, le pagará de ese modo el valor de uso de las 100 libras esterlinas, el valor de uso de su función de capital, de la función consistente en producir 20 libras esterlinas de ganancia. La parte de la ganancia que le abona se llama interés, que no es, por tanto, más que un nombre especial, una rúbrica especial con que se denomina una parte de la ganancia que el capital activo, en vez de embolsarse, tiene que ceder al propietario del capital.

Es evidente que la posesión de las 100 libras esterlinas concede a su propietario el poder de percibir los intereses, es decir, una determinada parte de la ganancia producida por su capital. Sí no entregase al otro las 100 libras esterlinas, éste otro no podría producir la ganancia ni actuar en modo alguno como capitalista con relación a estas 100 libras esterlinas.[2]

Es absurdo hablar aquí como hace Gilbart (véase nota), de justicia natural. La justicia de las transacciones que se realizan entre los agentes de la producción consiste en que estas transacciones se derivan de las relaciones de la producción como una consecuencia natural. Las formas jurídicas que estas transacciones económicas revisten como actos de voluntad de los interesados, como exteriorizaciones de su voluntad común y como contratos cuya ejecución puede imponerse por la fuerza a los individuos mediante la intervención del Estado, no pueden determinar, como meras formas que son, este contenido. No hacen más que expresarlo. Podemos decir que este contenido es justo en cuanto corresponde al régimen de producción, en cuanto es adecuado a él. Es injusto cuando se halla en contradicción con él. La esclavitud, dentro del régimen capitalista de producción, es injusta, como lo es también el fraude en cuanto a la calidad de la mercancía.

Las 100 libras esterlinas producen la ganancia de 20 libras por el hecho de funcionar como capital, sea industrial o mercantil. Pero la condición sine qua non de esta función suya como capital es que se inviertan como capital, que este dinero se invierta, por tanto, en comprar medios de producción (sí se trata de un capital industrial) o mercancías (sí se trata de un capital mercantil). Sin embargo, para poder invertirse, lo primero es que exista. Si A, el propietario de las 100 libras, las gastase para su consumo privado o las atesorase, no podrían invertirse como capital por B, por el capitalista en funciones. B no invierte su propio capital, sino el de A, pero no puede invertir el capital de A sin la voluntad de éste. En realidad es, pues, A quien originariamente invierte como capital las 100 libras esterlinas, aunque su función como capitalista se reduzca a invertir estas 100 libras como capital. En lo que a las 100 libras se refiere, B sólo actúa como capitalista porque A le cede las 100 libras y las invierte, por tanto, como capital.

Fijémonos ante todo en la peculiar circulación del capital a interés. Luego examinaremos el modo especial de venderse este capital como mercancías, es decir, de prestarse en vez de cederse definitivamente.

El punto de partida es el dinero que A adelanta a B. Esta operación puede realizarse con garantía prendaria o sin ella; la primera forma es, sin embargo, la más antigua, si exceptuamos los préstamos hechos sobre mercancías o con garantía de títulos como son las letras de cambio, las acciones, etc. Estas formas especiales no interesan aquí. Lo que aquí nos interesa es el capital a interés en su forma corriente y normal.

En manos de B el dinero se convierte realmente en capital, describe el movimiento D - M - D' para retornar luego a manos de A como D', como D + D, donde D representan los intereses. Para simplificar el problema, precisamente aquí, damos de lado por el momento, el caso en que el capital siga más tiempo en manos de B y los intereses se paguen periódicamente.
El movimiento es, pues, éste:

D - D - M - D' - D'.

Aquí aparece duplicado, 1° la inversión del dinero como capital; 2° su retorno como capital realizado, como D' o D + D.

En el movimiento del capital comercial D - M - D', el mismo dinero cambia dos veces de mano o, si el comerciante vende a otro comerciante, cambia de mano varias veces, pero cada uno de estos cambios de lugar de la misma mercancía indica una metamorfosis, compra o venta de la mercancía, por muy frecuentemente que este proceso se repita hasta que la mercancía entre definitivamente en la órbita del consumo.

Por otra parte, en M - D - M nos encontramos con que el mismo dinero cambia dos veces de lugar, pero revelando la completa metamorfosis de la mercancía, la primera vez en dinero, la segunda vez para convertirse de dinero en otra mercancía.
Por el contrarío, en el capital a interés el primer cambio de lugar de D no representa momento alguno ni de la metamorfosis de la mercancía, ni de la reproducción del capital. Esto no se produce hasta la segunda inversión, en manos del capitalista en activo, que comercia con el dinero o lo convierte en capital productivo. El primer cambio de lugar de D no expresa aquí más que su transferencia o cesión de A a B; transferencia que suele realizarse bajo ciertas formas y reservas jurídicas.

A esta doble inversión del dinero como capital, la primera de las cuales es una simple transferencia de A a B, corresponde su doble reflujo. Refluye del movimiento a manos del capitalista en activo B como D' o D + D. B se lo devuelve a A, pero también con una parte de la ganancia, como capital realizado, como D + D, donde A D no equivale a toda la ganancia, sino solamente a una parte de ella, que son los intereses. A manos de B refluye solamente como lo que él ha invertido, como capital en funciones, pero un capital que es propiedad de A. Para que su reflujo sea completo, tiene que pasar nuevamente de manos de B a manos de A. Pero, además de la suma capital, B tiene que entregar a A, bajo el nombre de intereses, una parte de la ganancia obtenida por él mediante esta suma empleada como capital, ya que A sólo le ha entregado este dinero en función de capital, es decir, como valor que además de conservarse en el movimiento rinde una plusvalía a su propietario. Sólo permanece en manos de B mientras funciona como capital. Con su reflujo -después de vencer el plazo-, deja de funcionar como capital. Y en cuanto deja de realizar esta función debe ser retransferido a A, quien no ha perdido la propiedad jurídica sobre él.
La forma del préstamo característica de esta mercancía, del capital como mercancía, y que se presenta también, por lo demás, en otras transacciones, en vez de la forma de la venta, se desprende del hecho mismo de que el capital aparece aquí como mercancía o de que el dinero en cuanto capital se convierte en mercancía.

Hay que hacer aquí una distinción.

Hemos visto (libro II, cap. I [p. 51]) y recordemos brevemente aquí que el capital, en el proceso de circulación, puede funcionar como capital-mercancías o como capital-dinero. Pero en ninguna de estas dos formas el capital como tal capital se convierte en mercancía.
Tan pronto como el capital productivo se convierte en capital-mercancías, tiene que lanzarse al mercado, venderse como mercancía. El capitalista aparece aquí exclusivamente como vendedor de una mercancía. Lo mismo que el comprador aparece como comprador de una mercancía. Como tal mercancía, el producto debe realizar su valor en el proceso de circulación mediante su venta, asumir su forma transfigurada como dinero. Es. por tanto, completamente indiferente el que esta mercancía sea comprada por un consumidor como medio de subsistencia o por un capitalista como medio de producción, como parte integrante de un capital. En el acto de circulación el capital-mercancías funciona solamente como mercancía, no como capital. Es capital-mercancías a diferencia de la simple mercancía, 1° porque se halla ya preñado de plusvalía, por lo cual la realización de su valor es al mismo tiempo realización de plusvalía; pero esto no altera en lo más mínimo su simple existencia como mercancía, como producto de un determinado precio; 2° porque esta función suya como mercancía representa una fase de su proceso de reproducción como capital y, por tanto, su movimiento como mercancía, por ser simplemente un movimiento parcial de su proceso, representa al mismo tiempo su movimiento como capital; pero no por medio del acto mismo de la venta, sino solamente por medio de la conexión de este acto con el movimiento total que esta determinada suma de valor describe como capital.

Como capital-dinero funciona también, en realidad, simplemente como dinero, es decir, como medio de compra de mercancías (de los elementos de producción). El hecho de que este dinero sea al mismo tiempo capital-dinero, una forma de capital, no se desprende del acto mismo de la compra, de la funcí6n real que aquí desempeña como tal dinero, sino de la conexión de este acto con el movimiento de conjunto del capital, puesto que este acto que realiza como dinero inicia el proceso capitalista de producción.

Pero, en la medida en que funcionan realmente, en que desempeñan efectivamente el papel que en este proceso les corresponde, el capital-mercancías actúa aquí simplemente como mercancía y el capital-dinero simplemente como dinero. En ningún momento concreto de la metamorfosis, considerado de por sí, vende el capitalista al comprador la mercancía como capital, aunque lo sea para éste, o enajena el dinero como capital al vendedor. Tanto en uno como en otro caso, enajena la mercancía simplemente como mercancía y el dinero simplemente como dinero, como medio de compra de mercancías.

Es dentro de la concatenación de todo el proceso, en el momento en que el punto de partida aparece al mismo tiempo como punto de retorno, en D - D' o M - M', cuando el capital aparece en el proceso de circulación como tal capital (mientras que en el proceso de producción aparece como capital mediante la supeditación del obrero al capitalista y la producción de la plusvalía). Pero en el momento del reflujo la mediación ha desaparecido. Lo que existe ahora es D' o D + D (lo mismo si la suma de valor incrementada en D existe en forma de dinero o en mercancía o de elementos de producción), una suma de dinero igual a la suma de dinero primitivamente desembolsada más un remanente, que es la plusvalía que se ha realizado. Y es precisamente en este punto de reflujo, en que el capital se ha realizado, en que el valor ha fructificado, bajo esta forma -donde se halla plasmado ya como punto quieto, sea de un modo imaginario o de un modo real-, el capital no entra jamás en circulación, sino que aparece más bien como sustraído a la circulación, como resultado del proceso en su conjunto. Tan pronto como vuelve a invertirse, no se enajena jamás como capital a un tercero, sino que es vendido a éste como simple mercancía o se le entrega simplemente como dinero a cambio de una mercancía. No aparece jamas en su proceso de circulación como capital, sino solamente como mercancía o como dinero, y ésta es su única existencia para otros. La mercancía y el dinero, aquí son capital, no en cuanto la mercancía se convierte en dinero y el dinero en mercancía, no en sus relaciones reales con el comprador o con el vendedor, sino solamente en sus relaciones ideales o con el capitalista mismo (subjetivamente considerados) o como fases del proceso de reproducción (consideradas objetivamente). El capital no existe como tal capital, dentro del movimiento real, en el proceso de circulación, sino solamente en el proceso de producción, en el proceso de explotación de la fuerza de trabajo.

Otra cosa acontece, en cambio, con el capital a interés, y es esto precisamente lo que le da su carácter específico. El poseedor de dinero que quiere valorizarlo como capital a interés lo enajena a un tercero, lo lanza a la circulación, lo convierte en mercancía como capital; y no sólo como capital para él mismo, sino también para otros; no es solamente capital para quien lo enajena, sino que se transfiere a un tercero directamente como capital, como valor que posee un valor de uso consistente en crear plusvalía, en engendrar ganancia; como un valor que se conserva y persiste en el movimiento para retornar a manos de su primitivo inversionista, que aquí es el poseedor del dinero, después de haber funcionado; que, por tanto, sólo se aleja de él durante algún tiempo, que sólo pasa temporalmente de manos de su propietario a manos del capitalista en activo, que por consiguiente, no se vende ni se paga, sino que se presta solamente, que sólo se enajena bajo la condición, en primer lugar, de que retorne a su punto de partida después de cierto tiempo, y en segundo lugar, de que retorne como capital realizado, después de cumplir su función como valor de uso, consistente en producir plusvalía.

Las mercancías prestadas como capital se presentan con su carácter de capital fijo o capital circulante. El dinero puede prestarse en ambas formas, como capital fijo, por ejemplo, cuando se reintegra en forma de renta vitalicia, en cuyo caso refluye siempre con los intereses una parte del capital. Hay ciertas mercancías que, por la naturaleza de su valor de uso, sólo pueden prestarse como capital fijo, como ocurre con las casas, los buques, las máquinas, etc., Pero todo capital prestado, cualquiera que sea su forma y el modo como su devolución pueda resultar modificada por el carácter de su valor de uso es siempre una forma especial del capital-dinero, pues lo que se presta es siempre una determinada suma de dinero, sobre la cual se calculan los intereses. Si lo que se presta no es dinero ni capital circulante, se reintegra siempre al modo como refluye el capital fijo. El prestamista percibe periódicamente los intereses y una parte del valor consumido del mismo capital fijo, un equivalente por el desgaste periódico. Y al final del plazo refluye en especie la parte no consumida del capital fijo prestado. Si el capital prestado es capital circulante, retorna también al prestamista al modo como refluye el capital circulante.

Por consiguiente, el modo de reflujo se halla siempre determinado por el movimiento cíclico real del capital que se reproduce y de sus especiales modalidades. Pero, tratándose de capitales prestados, el reflujo reviste la forma de devolución, puesto que el desembolso, la enajenación de estos capitales presenta la forma del préstamo.

En este capítulo tratamos del capital-dinero en sentido estricto, del que se derivan las demás formas del capital dado en préstamo.

El capital prestado refluye de dos modos. En el proceso de reproducción retorna al capitalista en activo; luego, el reflujo se repite como transferencia al prestamista, al capitalista dueño del dinero, como devolución del capital a su verdadero propietario, como su reflujo a su punto jurídico de partida.

En el verdadero proceso de circulación, el capital aparece siempre simplemente como mercancía o como dinero y su movimiento se descompone en una serie de compras y ventas. En una palabra, el proceso de circulación se reduce a la metamorfosis de la mercancía. Otra cosa acontece cuando nos fijamos en el proceso de reproducción en su conjunto. Si partimos del dinero (y lo mismo da que partamos de la mercancía, puesto que en este caso partimos de su valor, considerándola por tanto, bajo su forma dinero), se desembolsará una suma de dinero para que retorne a su punto de partida, incrementada, al final, de un determinado período. Refluye la reposición de la suma de dinero desembolsada más una plusvalía. La suma prestada se ha conservado e incrementado después de recorrer un cierto movimiento cíclico. Pues bien, el dinero, siempre y cuando que se preste como capital, se presta precisamente como esta suma de dinero que se conserva y se incrementa, que al cabo de un determinado plazo se devuelve con un incremento y que se halla siempre en condiciones de volver a recorrer el mismo proceso. No se invierte como dinero ni como mercancía y, por tanto, ni se cambia por una mercancía, cuando se desembolsa como dinero, ni se vende por dinero, cuando se entrega como mercancía, sino que se invierte siempre como capital. La relación consigo mismo con que aparece el capital cuando se enfoca el proceso capitalista de producción como un todo y una unidad y en que el capital aparece como dinero que alumbra dinero, se le imprime aquí, sin el movimiento intermedio que sirve de vehículo, sencillamente como un carácter propio, como su destino. Y con este destino se enajena, cuando se presta en función de capital-dinero.

Una concepción peregrina de la función del capital-dinero es la que sostiene Proudhon (Gratuité du Crédit. Discussion entre M. Fr. Bastiat et M. Proudhon, París, 1850). Proudhon considera que el prestar es censurable porque no es vender. El prestar a interés "es la posibilidad de volver a vender constantemente el mismo objeto obtenido constantemente al precio correspondiente, sin ceder jamás la propiedad sobre el objeto que se transfiere"[*] (p. 9). El objeto, dinero, una casa, etc., no cambia de dueño como en la compra-venta. Pero Proudhon no ve que al entregar el dinero en forma de capital a interés no se recibe a cambio de él ningún equivalente. Indudablemente, en todo acto de compra y venta, siempre y cuando que medie un proceso de intercambio, se traspasa el objeto sobre que el acto recae. Se cede siempre la propiedad del objeto vendido. Pero no se cede el valor. En las ventas se traspasa la mercancía, pero no se traspasa el valor, el cual se reintegra bajo forma de dinero o a través de un titulo de deuda o de pago, que para estos efectos es lo mismo. Al comprar, se traspasa el dinero, pero no su valor, el cual se repone en forma de mercancía. Durante todo el proceso de reproducción, el capitalista industrial retiene en sus manos el mismo valor (prescindiendo de la plusvalía), aunque bajo distintas formas.

Cuando media un intercambio, es decir, un intercambio de objetos, no se opera un cambio de valor. El mismo capitalista retiene siempre en sus manos el mismo valor. Pero cuando el capitalista produce plusvalía, no se opera tal intercambio; allí donde media intercambio, la plusvalía se contiene ya en las mercancías cambiadas. Desde el momento en que nos fijamos, no en los distintos actos de cambio, sino en el ciclo completo del capital, D - M - D', vemos que se desembolsa constantemente una determinada suma de dinero, la cual retorna de la circulación incrementada con la plusvalía o la ganancia. Claro está que la interposición de este proceso no aparece visible en los simples actos de cambio. Y es precisamente este proceso de D como capital lo que sirve de base y de fuente a los intereses del capitalista que da su dinero en calidad de préstamo.

"En realidad -dice Proudhon-, el fabricante de sombreros que vende sus sombreros...
obtiene su valor, ni más ni menos. Pero al capitalista que presta dinero... no sólo se le devuelve su capital integro, sino que recibe más de lo que lanza al cambio, pues percibe, además del capital, un interés." ([Ob. cit.] p. 69.) El fabricante de sombreros ocupa aquí el puesto del capitalista productivo por oposición al prestamista. Evidentemente, Proudhon no ha logrado comprender el secreto de que el capitalista productivo pueda vender mercancías por su valor (la compensación a base de los precios de producción es aquí, en su concepto, indiferente) y precisamente de ese modo obtener una ganancia sobre el capital lanzado por él al cambio. Supongamos que el precio de producción de 100 sombreros sea = 115 libras esterlinas y que esta producción coincida por casualidad con el valor de los sombreros, es decir, que el capital que produce los sombreros tenga una composición social media. Si la ganancia es = l5%, el fabricante de sombreros realizará una ganancia de 15 libras esterlinas vendiendo las mercancías por su valor de 115. A él sólo le cuestan 100 libras. Si produce con su propio capital, se embolsará íntegro el sobrante de 15 libras esterlinas, si produce con capital prestado, tendrá que pagar como intereses 5 libras, supongamos. Esto no altera en lo más mínimo el valor de los sombreros, sino solamente la distribución entre diversas personas de la plusvalía contenida ya en este valor.

Como, por tanto, el valor de los sombreros no resulta afectado en nada por el pago de intereses, resulta absurdo que Proudhon diga: Puesto que en el comercio los intereses del capital vienen a sumarse al salario de los obreros para formar el precio de la mercancía, es imposible que al obrero se le reintegre el precio de su propio trabajo. Vivre en travaillant (23) es un principio que bajo el régimen de los intereses encierra una contradicción" (p. 105).[3]

Cuán mal comprende Proudhon lo que es el capital lo demuestra la siguiente tesis, en la que describe el movimiento del capital en general como un movimiento peculiar del capital a interés: "Por el hecho de que, mediante la acumulación de intereses, el capital-dinero, a través de una serie de cambios, retorna siempre a su fuente, se sigue que los préstamos repetidos, realizados constantemente por la misma mano, producen siempre ganancias a la misma persona. (Proudhon, en carta de 31 de diciembre 1849, ob. cit., p. 154.)

¿Qué es, pues, lo que sigue siendo enigmático para él en el movimiento peculiar del capital a interés? Las categorías: compra, precio, cesión de objetos y la forma directa que aquí reviste la plusvalía; en una palabra, el fenómeno de que aquí el capital se convierte como tal capital en mercancía, y de que, por tanto, la venta se convierte en préstamo y el precio en una participación en la ganancia.

El retorno del capital a su punto de partida es, en general, el movimiento característico del capital en su ciclo completo. No es esto, ni mucho menos, lo que caracteriza al capital a interés. Lo que caracteriza a este capital es la forma externa del retorno, desglosada del ciclo que sirve de vehículo. El capitalista que da dinero en préstamo se desprende de su capital, lo cede al capitalista industrial, sin recibir a cambio un equivalente. Su cesión no constituye en modo alguno un acto del verdadero proceso cíclico del capital, sino que le sirve simplemente de introducción a través del ciclo que el capitalista industrial ha de realizar. Este primer cambio de lugar del dinero no expresa ningún acto de metamorfosis, ni compra ni venta. No se cede la propiedad, puesto que no se realiza ningún cambio ni se recibe ningún equivalente. El retorno del dinero de manos del capitalista industrial a manos del capitalista que lo presta no hace más que complementar el primer acto de cesión del capital. El capital, desembolsado en forma de dinero, retorna de nuevo al capitalista industrial, a través del proceso cíclico, en forma de dinero. Pero como el capital no le pertenece en el momento de ser invertido, no puede pertenecerle tampoco en el momento en que refluye. El tránsito a través del proceso de reproducción difícilmente puede convertir este capital en propiedad suya. Tiene que devolverlo, pues, a quien se lo prestó. El primer desembolso, que transfiere el capital de manos del prestamista a manos del prestatario, es una transacción jurídica, que no guarda relación alguna con el proceso real de reproducción del capital y se limita a servirle de introducción. La devolución del capital, que hace que éste refluya de manos del prestatario a manos del prestamista, constituye una segunda transacción jurídica, complemento de la primera; una sirve de introducción al verdadero proceso, otra es un complemento del mismo. El punto de partida y el punto de retorno del capital prestado, aparecen, pues, como movimientos arbitrarios, realizados por medio de transacciones jurídicas efectuadas antes y después del movimiento real y efectivo del capital y que no guardan relación alguna con él. Es como si, para estos efectos, fuese indiferente el que el capital perteneciese al capitalista industrial desde el primer momento y refluyese única y exclusivamente a él, como de su propiedad.

En el primer acto, que sirve de introducción, el prestamista cede su capital al prestatario. En el segundo acto, complemento y final del proceso, el prestatario devuelve el capital al prestamista. Si nos fijamos exclusivamente en la transacción entre ambos -y prescindiendo, por el momento, de los intereses-, si nos atenemos solamente al movimiento del mismo capital prestado entre el prestamista y el prestatario, vemos que estos dos actos (separados por un período de tiempo más o menos largo, durante el cual se desarrolla el verdadero movimiento de reproducción del capital) abarcan el conjunto de este movimiento. Y este movimiento: cesión del capital bajo la condición de devolverlo, constituye en términos generales el movimiento de prestar y tomar a préstamo, de esta forma específica de la enajenación puramente condicional de dinero o de mercancías.

El movimiento característico del capital en general, el retorno del dinero a manos del capitalista, reviste en el capital a interés una fisonomía completamente externa, separada del movimiento real del que es la forma. A cede su dinero, pero no como dinero, sino como capital. Aquí, el capital no experimenta cambio alguno. No hace más que cambiar de mano. Su verdadera transformación en capital no se opera hasta que se encuentra ya en manos de B. Sin embargo, para A el dinero se convierte en capital por el mero hecho de su cesión a B. El verdadero reflujo del capital del proceso de producción y de circulación sólo se opera con respecto a B. Con respecto a A, el reflujo se efectúa en la misma forma que la enajenación. El capital pasa nuevamente de manos de B a las de A. Cesión, préstamo del dinero por cierto tiempo y devolución del dinero prestado con sus correspondientes intereses (plusvalía) constituyen la forma íntegra del movimiento que corresponde al capital a interés como tal. El movimiento real del dinero prestado como capital es una operación situada al margen de las transacciones entre prestamistas y prestatarios. Este movimiento intermedio aparece esfumado, invisible en estas operaciones, no se halla directamente encuadrado en ellas. El capital, como mercancía de tipo especial que es, posee también un modo peculiar
de enajenación. Por eso aquí el reflujo no se expresa tampoco como consecuencia y resultado de una determinada serie de fenómenos económicos, sino por obra de un especial convenio jurídico entre compradores y vendedores. El momento del reflujo dependerá del curso del proceso de reproducción; en el capital a interés, su retorno como capital parece depender de un simple convenio entre prestamista y prestatario. De este modo, el reflujo del capital, referido a esta transacción, no aparece ya como un resultado determinado por el proceso mismo de producción, sino como si el capital prestado no llegase a perder en ningún momento la forma de dinero. Claro está que de hecho estas transacciones se hallan determinadas por los reflujos reales. Pero esto no se trasluce en la misma transacción. Y tampoco ocurre siempre así en la práctica, ni mucho menos. Sí el verdadero reflujo no se efectúa a su debido tiempo, el prestatario tiene que buscar otros recursos para hacer frente a sus obligaciones para con el prestamista. La mera forma del capital-dinero desembolsado como suma A y que revierte como suma
1
A + -- A
x
al cabo de determinado tiempo, sin otra intervención que ese lapso, no es sino la forma irracional del movimiento real del capital.

El retorno es, en el movimiento real y efectivo del capital, una fase del proceso de circulación. Primero, el dinero se convierte en medios de producción; el proceso de producción convierte al dinero en mercancía; mediante la venta de la mercancía, se convierte nuevamente en dinero y revierte en esta forma a manos del capitalista que empezó desembolsando el capital en forma de dinero. En cambio, en el capital a interés, tanto el retorno como la cesión del capital son el resultado de una simple transacción jurídica entre el propietario del capital y otra persona. Lo único que se ve es la cesión y la devolución. Todo lo que queda en medio, se esfuma.

Pero como el dinero, desembolsado como capital, tiene la cualidad de refluir a su punto de partida, a manos de quien lo desembolsa como capital; como D - M - D' es la forma inmanente del movimiento del capital, precisamente por ello, puede el poseedor de dinero prestarlo como capital, como algo que posee la cualidad de refluir a su punto de partida, de conservarse e incrementarse a través del movimiento que recorre. El poseedor de dinero lo cede a otro como capital porque, después de emplearse como capital, refluye a su punto de partida; es decir, puede ser devuelto por el prestatario al cabo de cierto tiempo, precisamente porque refluye ante todo hacia este último.

El préstamo de dinero como capital -su cesión bajo la condición de devolverlo al cabo de cierto tiempo- tiene, pues, como premisa, el que el dinero se emplee realmente como capital, refluya realmente a su punto de partida. El verdadero movimiento cíclico del dinero como capital es, por tanto, premisa de la transacción jurídica por virtud de la cual el prestatario se compromete a devolver el dinero al prestamista. Si el prestatario invierte o no como capital el dinero recibido, es incumbencia suya. El prestamista se lo presta como capital, y como tal tiene que cumplir las funciones propias del capital, que incluyen el ciclo del capital-dinero hasta revertir, en forma de dinero, a su punto de partida.

Los actos de circulación D - M y M - D' en que la suma de valor funciona como dinero o como mercancía no son mas que procesos intermediarios, fases concretas de su movimiento total. Como capital, esa masa de valor describe el movimiento total D - D'. Se desembolsa como dinero o suma de valor en una forma cualquiera y retorna como suma de valor a su punto de partida. El prestamista del dinero no lo desembolsa para comprar mercancías o, suponiendo que la suma de valor exista en forma de mercancías, no las vende por dinero, sino que hace el desembolso como capital, como D - D', como valor que revierte a su punto de partida al cabo de determinado tiempo. No compra ni vende, sino que presta. Este préstamo es, pues, la formula adecuada para enajenar una suma de valor como capital, en vez de enajenarla como dinero o como mercancía. De donde no se desprende, ni mucho menos, que el préstamo no pueda ser también la forma correspondiente a transacciones que nada tengan que ver con el proceso capitalista de reproducción.
Hasta aquí nos hemos limitado a examinar el movimiento del capital prestado entre su propietario y el capitalista inicial. Ahora vamos a examinar el interés.

El prestamista desembolsa su dinero como capital; la suma de valor que cede a otro es capital y revierte, por tanto, a él. Pero el simple retorno a sus manos podría no ser reflujo como capital de la suma de valor prestada, sino simplemente la devolución de una suma de valor concedida en préstamo. Para que refluya como capital es necesario que la suma de valor desembolsada, además de conservarse, se valorice, incremente su magnitud de valor o, lo que es lo mismo, refluya con una plusvalía, como D + D, y este D representa aquí los intereses o la parte de la ganancia media que no queda en manos del capitalista en activo, sino que es apropiada por el capitalista financiero.

El hecho de que éste enajene el dinero como capital, quiere decir que debe serle devuelto como D+ D. Luego, habrá de examinarse especialmente la forma en que, durante el término señalado, van refluyendo periódicamente los intereses, pero sin el capital, cuya devolución no se efectúa hasta el final de un período más largo.

¿Qué es lo que el capitalista dueño del dinero entrega al prestatario, al capitalista industrial? ¿Qué es lo que, en realidad, le cede? Y debe tenerse en cuenta que es solamente el acto de la enajenación lo que convierte el préstamo del dinero en enajenación del dinero como capital, es decir, en enajenación del capital como mercancía.

Es exclusivamente a través del acto de esta enajenación como el capital del prestamista de dinero en cuanto a mercancía o como la mercancía de que dispone se cede a un tercero, en concepto de capital.

¿Qué se enajena en una venta corriente? No es el valor de la mercancía vendida, ya que ésta se limita a cambiar de forma. Existe idealmente como precio en la mercancía misma, antes de pasar realmente a manos del vendedor en forma de dinero. El mismo valor y la misma magnitud de valor se limitan a cambiar de forma aquí. Dejan de existir en forma de mercancías para pasar a existir en forma de dinero. Lo que el vendedor enajena realmente y lo que, por tanto, pasa al consumo individual o productivo del comprador es el valor de uso de la mercancía, la mercancía como valor de uso.

Ahora bien ¿cuál es el valor de uso que el capitalista dueño del dinero enajena durante el plazo del préstamo y cede al capitalista productivo, al prestatario? Es el valor de uso que el dinero adquiere al convertirse en capital, por el hecho de poder funcionar como capital y engendrar, por tanto, en su movimiento, una determinada plusvalía, la ganancia media (pues lo que excede de ella o no la alcance debe ser considerado como algo puramente fortuito, para estos efectos), y además el hecho de conservar su magnitud primitiva de valor. En las demás mercancías se consume en último resultado el valor de uso, con lo cual desaparece la sustancia misma de la mercancía y, con ella, su valor. En cambio, la mercancía-capital se caracteriza por la circunstancia de que al consumirse su valor de uso, no sólo se conservan su valor y su valor de uso, sino que además se incrementan.

Es este valor de uso del dinero como capital -la cualidad de engendrar la ganancia media- lo que el capitalista dueño del dinero enajena al capitalista industrial por el tiempo durante el cual cede a éste el derecho a disponer del capital prestado.

En este sentido, el dinero concedido en préstamo presenta cierta analogía con la fuerza de trabajo en sus relaciones con el capitalista industrial. Sin embargo, éste paga el valor de la fuerza de trabajo, mientras que se limita a devolver el valor del capital prestado. El valor de uso de la fuerza de trabajo para el capitalista industrial consiste en producir, al consumirse, más valor (la ganancia) que el valor que ella misma posee y cuesta. Este remanente de valor es precisamente lo que constituye su valor de uso para el capitalista industrial. También el valor de uso del capital-dinero concedido en préstamo se revela como su capacidad para crear e incrementar valor.

El capitalista dueño del dinero enajena en realidad un valor de uso, por lo cual lo que cede lo hace en concepto de mercancía. Hasta aquí, la analogía con la mercancía como tal es completa. En primer lugar, se trata de un valor que se transfiere de manos de uno a manos de otro. En la mercancía pura y simple, en la mercancía como tal, permanece en manos del comprador y del vendedor el mismo valor, aunque bajo una forma distinta, ambos siguen disponiendo del mismo valor que han enajenado, uno en forma de mercancía, otro en forma de dinero. La diferencia está en que, en el préstamo, el capitalista dueño del dinero es el único que enajena un valor por medio de esta transacción, pero el valor enajenado refluye a él por medio de la devolución futura. En el préstamo únicamente recibe valor una de las partes, puesto que sólo una de las partes enajena valor. En segundo lugar, una de las partes enajena un valor de uso real, que la otra recibe y consume. Empero, a diferencia de lo que ocurre con la mercancía corriente, en este caso el valor de uso es al mismo tiempo valor, a saber: el remanente de la magnitud de valor que se obtiene mediante el uso del dinero como capital, después de cubrir su magnitud de valor primitiva. La ganancia constituye este valor de uso.

El valor de uso del dinero prestado consiste en poder funcionar como capital y en producir, como tal, en circunstancias usuales, la ganancia media. [4]

Ahora bien, ¿que paga por ello el capitalista industrial y cuál es, por tanto, el precio del capital prestado? That which men pay as interest for the use of what they borrow constituye, según Massie, a part of the profit it i's capable of producing. (24) [An Essay, etc., p. 49.]5

Lo que el comprador de una mercancía corriente compra es su valor de uso; lo que paga por ella, su valor. El que recibe dinero a préstamo compra también su valor de uso como capital; pero ¿qué paga por ello? No es, evidentemente, como tratándose de otras mercancías, su precio o su valor. Entre el prestamista y el prestatario no se opera, como entre comprador y vendedor, un simple cambio en forma de dinero y luego en forma de mercancía. La identidad entre el valor enajenado y el valor que se devuelve se muestra aquí de un modo muy distinto. La suma de valor, el dinero, se entrega sin equivalente alguno, para ser devuelta al cabo de cierto tiempo. El prestamista sigue siendo propietario del mismo valor, aun cuando éste salga de sus manos para entrar en manos del prestatario. En el cambio simple de mercancías, el dinero aparece siempre de parte del comprador; en el préstamo el dinero aparece, por el contrario de parte del vendedor. Es él quien traspasa el dinero por un determinado tiempo y el comprador del capital quien lo recibe como una mercancía. Mas para ello es indispensable que el dinero funcione como capital y, por tanto, sea desembolsado. El prestatario recibe en préstamo el dinero como capital, como valor que se valoriza. Pero, al igual que todo capital en su punto de partida, sólo es dinero de por sí en el momento de desembolsarse. Sólo mediante su uso se valoriza, se realiza como capital. Pero, al ser ya capital realizado, el prestatario se halla obligado a devolverlo, a restituirlo, por tanto, como valor incrementado por la plusvalía (interés); y los intereses no pueden ser sino una parte de la ganancia realizada por el capital. Solamente una parte, no la totalidad, pues el valor de uso del capital para su prestatario consiste precisamente en obtener de él una ganancia. De otro modo, no se realizaría ninguna enajenación del valor de uso por parte del prestamista. Por otra parte, no es posible que toda la ganancia sea apropiada por el prestatario, pues en este caso no pagaría nada por la enajenación del valor de uso y se limitaría a devolver al prestamista el dinero desembolsado como simple dinero, no como capital, como capital realizado, pues capital realizado lo es solamente, como D + D.

Ambos, el prestamista y el prestatario, desembolsan la misma suma de dinero como capital. Pero esta suma de dinero sólo funciona como capital para dos personas distintas. Sólo puede funcionar como capital en manos del segundo. La ganancia no se duplica por la doble existencia de la misma suma de dinero como capital para dos personas distintas. Sólo puede funcionar como capital para ambas mediante el reparto de la ganancia. La parte de la ganancia que corresponde al prestamista recibe el nombre de interés.

Toda esta transacción se realiza, según la premisa de que se parte, entre dos clases de capitalistas, el capitalista dueño del dinero y el capitalista industrial o mercantil.

No debe olvidarse que aquí el capital es, como tal capital, mercancía o que la mercancía de que se trata constituye un capital. Todas las relaciones que aquí se presentan serían, por tanto, irracionales desde el punto de vista de la simple mercancía y también desde el punto de vista del capital en la medida en que, dentro del proceso de reproducción, funciona como capital-mercancías. El prestar y tomar a préstamo en vez de vender y comprar representa aquí una diferencia derivada de la naturaleza específica de la mercancía, o sea, del capital. Y también el hecho de que lo que aquí se paga sea el interés, en vez del precio de la mercancía. Si pretendiésemos llamar al interés el precio del capital-dinero, tendríamos una forma irracional del precio, absolutamente contradictoria con el concepto del precio de la mercancía.[6] El precio se reduce aquí a su forma puramente abstracta y carente de contenido, consistente en una determinada suma de dinero que se paga por algo que figura de una manera o de otra como un valor de uso; el verdadero concepto del precio consiste en ser equivalente al valor de este valor de uso expresado en dinero.

Considerar el interés como precio del capital constituye a priori una expresión absolutamente irracional. Aquí, nos encontramos con una mercancía que tiene un doble valor: de una parte, un valor; de otra, un precio distinto de este valor, cuando en realidad el precio no es otra cosa que el valor expresado en dinero. El capital-dinero, no es, en primer término, sino una suma de dinero o el valor de una determinada masa de mercancías fijado en una suma de dinero. Cuando una mercancía se presta como capital, no es más que la forma disfrazada de una suma de dinero, pues lo que se presta como capital no son tantas o cuantas libras de algodón, sino tanto o cuanto dinero que existe como su valor bajo forma de algodón. El precio del capital se refiere, por tanto, a este valor como suma de dinero, aunque no como currency, como entiende el señor Torrens (véase al pie la nota 6). ¿Cómo, pues, ha de tener cualquiera suma de valor un precio fuera del suyo propio, además del precio expresado en su propia forma de dinero? El precio no es, en realidad, otra cosa que el valor de la mercancía (y así ocurre también con el precio de mercado, cuya diferencia con respecto al valor no es una diferencia cualitativa, sino simplemente, cuantitativa, que versa solamente sobre la magnitud de valor) a diferencia de su valor de uso. Un precio cualitativamente distinto del valor constituye una contradicción absurda.[7]

El capital se manifiesta como capital mediante su valorización; el grado de su valorización expresa el grado cuantitativo en que se realiza como capital. La plusvalía o ganancia engendrada por él -su cuota o cuantía- sólo puede medirse comparándola con el valor del capital desembolsado. La mayor o menor valorización del capital a interés sólo podrá medirse también, por consiguiente,comparando la cuantía de los intereses, es decir, de la parte que le corresponde en la ganancia total, con el valor del capital desembolsado. Por tanto, si el precio expresa el valor de la mercancía, los intereses expresan la valorización del capital-dinero, apareciendo por tanto como el precio que se paga por el capital-dinero a quien lo presta. De aquí se desprende cuán absurdo es ya de por sí el pretender aplicar directamente a estas transacciones, como hace Proudhon, las simples relaciones del cambio efectuado por medio del dinero, es decir, de las compras y las ventas. La premisa fundamental de que se parte es precisamente la de que el dinero funcione como capital, pudiendo cederse por consiguiente como capital de por sí, como capital potencial, a una tercera persona.

Pues bien, el capital mismo sólo aparece aquí como una mercancía cuando se ofrece en el mercado y cuando el valor de uso del dinero se enajena realmente como capital. Y su valor de uso consiste en engendrar una ganancia. El valor del dinero o de las mercancías consideradas como capital no se determina por su valor como dinero o mercancías, sino por la cantidad de plusvalía que producen a su poseedor. El producto del capital es la ganancia. Dentro de la producción capitalista no constituye más que un empleo distinto del dinero el hecho de que se invierta como tal dinero o se desembolse como capital. El dinero o las mercancías son de por sí, potencialmente, capital, exactamente lo mismo que es potencialmente capital la fuerza de trabajo: 1° porque el dinero puede convertirse en elementos de producción y sólo es, como tal, una expresión abstracta de los mismos, su existencia como valor, 2° porque los elementos materiales de la riqueza poseen la cualidad de ser ya potencialmente capital, puesto que el término antagónico que los complementa y los convierte en capital -el trabajo asalariado- existe ya de suyo dentro de la producción capitalista.

La realidad social contradictoria de la riqueza material -su antagonismo con el trabajo como trabajo asalariado- se halla ya, separada del proceso de producción, expresado en la propiedad del capital de por si. Pues bien, este aspecto determinado que se destaca del mismo proceso capitalista del cual es constante resultado y, como tal su eterna condición, se expresa en el hecho de que el dinero, y con el dinero la mercancía, son de por si, latentemente, potencialmente, capital, en el hecho de que pueden venderse como capital y de que en esta forma representan un poder sobre el trabajo de otros, dan derecho a apropiarse del trabajo ajeno, son, por tanto, un valor que fructifica. Aquí se destaca también claramente que es esta relación lo que constituye el título y el medio para la apropiación del trabajo ajeno, y no un trabajo cualquiera como contrapartida por parte del capitalista.

Como mercancía, el capital aparece además, en cuanto la división de la ganancia en interés y ganancia en sentido estricto se halla regulada por la oferta y la demanda, es decir, por la competencia, exactamente lo mismo que los precios comerciales de las mercancías. Sin embargo, en este punto la diferencia salta a la vista con tanta fuerza como la analogía. Si la demanda coincide con la oferta, el precio comercial de la mercancía corresponde a su precio de producción o, lo que es lo mismo, en este caso su precio aparece regulado por las leyes internas de la producción capitalista, independientemente de la competencia, puesto que las fluctuaciones de la oferta y la demanda sólo explican las divergencias de los precios vigentes en el mercado con respecto a los precios de producción, divergencias que se compensan mutuamente, de tal modo que en ciertos períodos largos los precios medios del mercado equivalen a los precios de producción. Al nivelarse, estas fuerzas dejan de actuar, se anulan recíprocamente, y la ley general de la determinación de los precios se impone también como ley en cada caso concreto; el precio comercial corresponde entonces en su existencia directa, y no ya simplemente como promedio del movimiento de los precios del mercado, al precio de producción, regulado directamente por las leyes inmanentes del régimen de producción imperante. Y otro tanto acontece con el salario. Cuando coinciden la oferta y la demanda cesa su acción y el salario equivale entonces al valor de la fuerza de trabajo. Pero con los intereses del capital-dinero no ocurre así. Aquí la competencia no determina las desviaciones de la ley, pues no existe ley alguna que regule la división fuera de la impuesta por la competencia, ya que, como veremos mas adelante, no rige ninguna cuota "natural" para el tipo de interés. Cuando se habla de una cuota natural del tipo de interés, se alude más bien a la cuota establecida por la libre competencia. No existen límites "naturales" para la cuota del tipo de interés. Allí donde la competencia no determina solamente las desviaciones y fluctuaciones, donde por tanto cesa toda determinación en cuanto al equilibrio de las fuerzas que se contrarrestan mutuamente, lo que se trata de determinar es de por sí algo arbitrario y que escapa a toda ley. De esto trataremos más de cerca en el capítulo siguiente.

En el capital a interés todo parece desarrollarse exteriormente: el desembolso del capital como simple transferencia de éste del prestamista al prestatario; el reflujo del capital realizado como simple devolución, como pago del capital con sus intereses del prestatario al prestamista. E igualmente, la determinación inmanente al modo de producción capitalista según la cuota de ganancia no depende solamente de la relación de la ganancia obtenida en una rotación concreta con el valor-capital desembolsado, sino también de la duración de este período mismo de rotación, debiendo considerarse, por tanto, como la ganancia que el capital industrial arroja en determinados períodos. En el capital a interés esto se revela también de un modo completamente externo por el hecho de que el prestatario abona al prestamista un interés determinado por un determinado plazo de tiempo.

Con su manera usual de penetrar en la concatenación interior de las cosas, dice el romántico Adam Müller (Die Elemente der Staatskunst, Berlín, 1809 [t. IIII, p.138): "Cuando se determina el precio de las cosas, no interesa para nada el tiempo; cuando se trata de determinar los intereses, el tiempo constituye un factor fundamental." No ve cómo el tiempo de producción y el tiempo de circulación contribuyen a la determinación del precio de las mercancías y cómo, precisamente por ello, la cuota de ganancia se determina para un cierto periodo de rotación del capital, lo mismo que el interés se halla condicionado a la determinación de la ganancia para un cierto tiempo. Su agudeza consiste, aquí, como siempre, en ver solamente las nubes de polvo de la superficie, proclamando esta superficie polvorienta, de un modo pretencioso, como algo misterioso y significativo.


NOTAS:

[1] Podríamos citar aquí algunos lugares en que los economistas enfocan así el problema. "You [es decir, cl Bank of England] are very large dealers in the commodity of capital? [¿Ustedes -es decir, el Banco de Inglaterra- realizan grandes negocios con la mercancía capital?], se pregunta a un director de este Banco en el interrogatorio de testigos que acompaña al Report on Bank Acts (House of Commons, 1857 [p. 104, núm. 1,194]).

[2] "Constituye un principio evidente de la justicia natural el que aquel que toma dinero prestado con el propósito de obtener una ganancia de él entregue al prestamista una parte de la ganancia." (Gilbart, The History and Principles of Banking, Londres, 1834, página 163).

[*] De la primera carta a Bastiat, escrita por F. C. Cheve, partidario de Proudhon y redactor de la Voix du Peuple, con que se abrió la discusión (22 Oct., 1849). (Nota de la Ed. alemana.).

[3] Por tanto, según Proudhon, "una casa", "dinero", etc., no deben prestarse como "capital", sino enajenarse "como mercancía..., al precio de costo" (p. [43] 44). Lutero estaba un poco por encima de Proudhon. Sabía ya que la obtención de ganancia es independiente de la forma del préstamo o de la compra: "Hacen también de la compra una usura. Pero esto es ya demasiado bocado para una sola vez. Y si ahora nos decidimos a meter en cintura a quienes se dedican a la usura en los préstamos, si les decimos lo que les aguarda (después del Juicio final), debemos leer también la cartilla a la usura en las compras" (M. Lutero. A los párrocos, para que prediquen contra la usura, Wittenberg, 1540 [Lutero, Obras Wittenberg, 1589. 6° parte, p. 307]).

[4] "La licitud del cobro de intereses no depende de que alguien obtenga o no una ganancia, sino de su (la del prestatario) capacidad para obtenerla, siempre y cuando que lo sepa emplear" (An Essay on the Governing Causes of the Natural Rate of Interest, wherein the sentiments of Sir W. Petty and Mr. Locke, on that head, are considered. Londres, 1750, p. 49. Autor de esta obra anónima: J. Massie).

[5] "Los ricos de un país, en vez de invertir personalmente su dinero, lo prestan a otros, para que estos obtengan una ganancia, reservando una parte de ella a los propietarios." (Ob. cit., p, 23 [24].)

[6] El término valor (value) aplicado a la currency (medios de circulación) tiene tres acepciones... En segundo lugar, currency actually in hand (25) comparado, con la misma cantidad de currency que ingresará en fecha posterior. En este caso, su valor se mide por el tipo de interés y éste se determina by the ratio between the amount of loanable capital the demand for it. and (26) (Coronel R. Torrens On the Operation of the Bank Charter Act of 1844, etc., 2° ed., 1847 [pp. 5 s.]).

[7] "La doble acepción del término valor del dinero o del medio de circulación cuando, como suele ocurrir, se emplea para designar indistintamente tanto el valor de cambio de las mercancías como el valor de uso del capital, constituye una fuente constante de confusión." (Tooke, Inquiry into the Currency Principle, p. 77). Lo que Tooke no ve es la confusión fundamental (que reside en la cosa misma), a saber, la que consiste en que el valor como tal (el interés) se convierta en valor de uso del capital.




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