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Resumen del "megaproceso" contra la dirección del PCP

El 13 de octubre del 2006, terminó después de más de un aņo el llamado "megaproceso" contra el jefe del Partido Comunista del Perú (PCP), el Dr. Abimael Guzmán, y otros 23 acusados, de los cuales 11 se encuentran detenidos y estaban presentes en el juicio oral, mientras el resto fue considerado reo ausente. La sentencia resultó como era de esperar. Dr. Abimael Guzmán y Elena Iparraguirre, la camarada Míriam, fueron condenados a la pena máxima de cadena perpetua lo que, de acuerdo a las leyes vigentes, significa que no podrán salir en libertad antes de cumplir 35 aņos de prisión efectiva. Otros 9 acusados fueron sentenciados a penas entre los 25 y 35 aņos de prisión con la posibilidad de acogerser al beneficio de libertad condicional en base de un aņo de reducción de pena por siete aņos de prisión efectiva. Del grupo de los supuestos dirigentes del PCP, Oscar Ramirez Durand, el camarada Feliciano, con 24 aņos de prisión recibió la pena menor por su "colaboración efectiva con el poder judicial". Otros dos procesados que no eran considerados dirigentes del PCP sino solamente fueron acusados por el caso Lucanamarca salieron absueltos.

Sobre el desenvolvimiento del proceso

El proceso empezó el 26 de setiembre del 2005, y se llevó a cabo en una sala especial de la Base Naval del Callao bajo estrictas medidas de seguridad. El público en general y los representantes de la prensa fueron ubicados en un ambiente que estaba separado por una luna gruesa de la sala donde se desarrolló el juicio y a donde se transmitía las intervenciones mediante un equipo audiófono. En aplicación del artículo 11 del decreto 922 de la legislación antiterrorista del gobierno Toledo, el tribunal restringió además la publicidad del juicio, disponiendo que la cobertura periodística solo podía hacerse con cuaderno de apuntes y bolígrafo, prohibiendo el uso de cámaras de vídeo, grabadores de audio, cámaras fotográficas y otros, para impedir que los acusados aprovechen la presencia de la prensa para manifestar sus posiciones políticas, como ocurrió en noviembre del 2004, con motivo de la apertura de un primer juicio oral contra la dirección del PCP, cuando una parte de los acusados aprovechó un receso de los jueces para levantarse para vociferar consignas políticas. El incidente fue considerado un escándalo y los jueces fueron fuertemente atacados por políticos reaccionarios y parte de la prensa hasta que finalmente el tribunal se autodisolvió y el juicio se frustró. Los abogados de defensa protestaron reiteradamente contra esta restricción de la publicidad del proceso, pero los jueces mantuvieron la medida.

El juicio oral estaba a cargo de la Sala Penal Nacional, ex Sala Nacional de Terrorismo, integrada por el presidente de las Salas Especiales de Terrorismo, Pablo Talavera Elguera, y las vocales Jimena Cayo Rivera Schreiber y Victoria Sánchez. La acusación contra el Dr. Abimael Guzmán y una parte de los demás acusados era de terrorismo agravado, homicidio calificado y otros delitos en perjuicio del Estado, mientras el resto sólo fue acusado de "terrorismo". De acuerdo a la fiscalía, el Dr. Guzmán Reynoso y sus coprocesados planificaron la actuación del PCP a través de cuatro formas de lucha - propaganda y agitación, sabotaje, aniquilamientos selectivos y combate guerrillero - y para el logro de sus fines, se utilizó "coche bombas", "explosivos", "armas de guerra" y otros medios para "crear zozobra, alarma, temor en la población y, desestabilizar el gobierno constitucional". Por estos hechos, la fiscalía solicitó la pena de cadena perpetua para el Dr. Guzmán Reynoso, Elena Iparraguirre Revoredo, Oscar Ramírez Durand, Laura Zambrano Padilla, María Pantoja Sánchez, Angélica Salas De la Cruz, Margie Clavo Peralta, Martha Huatay Ruiz, Víctor Zavala Cataņo, Juana Durand Araujo y Ostaff Morote Barrionuevo y 25 aņos de prisión para cada uno de los demás acusados. Demandó además, que los procesados paguen una reparación civil de tres mil millones de nuevos soles a favor del Estado.

Para el "megaproceso" fueron acumulados varios expedientes, entre ellos el caso de la Academia César Vallejo que inicialmente se iba a tratar de forma separada en el juicio frustrado de noviembre del 2004, y el caso referente al periódico "El Diario" que durante un tiempo fue considerado vocero del PCP. Sin embargo, la parte central de la acusación era la documentación de más de 50 acciones militares de la guerrilla, como el aniquilamiento selectivo de diversas personalidades, entre ellos los altos militares Alberto Ponce Canessa y Jerónimo Cafferatta Parasi y el político Rodrigo Franco Montes, los atentados con coches bomba a las embajadas de Japón, Rusia, Estados Unidos, Italia y Alemania y ataques a las agencias de los bancos de Crédito, Wiese y a comisarías. Según la fiscalía, el Dr. Guzmán como principal dirigente de su organización tenía pleno conocimiento de las acciones antes y después de su perpetración y por tanto, tiene responsabilidad directa para cada una de ellas. Como prueba la fiscalía presentó 40 cintas de video, en su mayoría copias de informaciones difundidas por los medios de comunicación. Además presentó informes de acciones militares de los comités partidarios y cartas de militantes que fueron incautados al Dr. Abimael Guzmán y otros dirigentes del PCP con motivo de su detención, el 12 de setiembre de 1992, y las que la fiscalía consideraba como prueba que las acciones de la guerra popular fueron ordenadas directamente por la dirección del PCP. Otro punto de la acusación era el caso Lucanamarca, un pueblo en la región de Ayacucho, donde el aņo 1982, durante un ataque de la guerrilla a campesinos miembros de grupos paramilitares murieron 63 personas, entre ellos mujeres y niņos. La fiscalía atribuyó la autoría de las muertes al jefe del PCP, quien supuestamente ordenó directamente el ataque, porque en días anteriores los lugareņos asesinaron a un combatiente del Ejército Guerrillero Popular.

Después de la lectura de la acusación fiscal que duró varias sesiones, el 10 de octubre, el Dr. Abimael Guzmán Reynoso tomó posición frente a las acusaciones en contra de él. Como en anteriores oportunidades asumió la responsabilidad política de la guerra popular, pero rechazó la acusación de "terrorismo". "Soy un combatiente revolucionario y rechazo totalmente ser terrorista. No he sido terrorista y nunca lo seré. Soy reconocido como líder del Partido Comunista del Perú", dijo textualmente según informaciones de la prensa. Además rechazó cualquier responsabilidad penal de las acciones militares durante la guerra interna en los aņos ochenta y noventa y dejó sentado que durante el resto del juicio ya no responderá a las preguntas de los jueces. Declaraciones parecidas hicieron los otros procesados considerados dirigentes del PCP quienes confirmaron su militancia en el PCP y calificaron el proceso como ilegal. El abogado Dr. Manuel Fajardo criticó la posición de la fiscalía que responsabiliza a los acusados de todas las acciones de la guerra interna aunque no les hayan cometido directamente y demandó que sólo se les juzgara de los actos que realmente cometieron.

Los abogados de la defensa pidieron además conocer los nombres de los testigos con identidad protegida, que la fiscalía había presentado, para saber si son imparciales o enemigos de los acusados y exigieron que en caso contrario, el tribunal no admita su declaración. Asimismo pidieron de la corte descartar la declaración testimonial del ex jefe de la policía antiterrorista DIRCOTE, Benedicto Jiménez, y no reconocer el atestado policial elaborado por un fiscal militar con identidad secreta, pedidos que reiteraron en su debido momento en el curso del proceso.

En el transcurso del juicio, las intervenciones de los abogados repetidas veces provocaron la reacción furiosa de la fiscal Luz Ibáņez produciéndose frecuentes escaramuzas verbales entre ella y los abogados Dr. Manuel Fajardo y Dr. Alfredo Crespo, quien después de haber salido de la prisión, en diciembre del 2005, se incorporó a la defensa, y la acusada Martha Huatay, quien como abogada ejercía su propia defensa. Con el afán de callar la defensa, la fiscal trató de calificar a los abogados como militantes o simpatizantes del PCP para difamarles de "terroristas". En una oportunidad, insinuó una vinculación del Dr. Manuel Fajardo con el grupo "Sol Rojo" que desde Europa propaga la continuación de la guerra popular y en su página había amenazado a los fiscales y los jueces del proceso, porque el abogado supuestamente había usado la misma fraseología al hablar de un "manejo siniestro" del juicio. Asimismo se opuso a la admisión del Dr. Alfredo Crespo como abogado defensor argumentando que estaba sentenciado por "terrorismo", aunque la sentencia contra él está en proceso de revisión y la acusación se basa únicamente en el hecho que, el aņo 1992, en el primer proceso ante un tribunal militar contra el Dr. Abimael Guzman Reynoso y Elena Iparraguirre, asumió la defensa de ambos procesados. Estos ataques llegaron al colmo cuando, en febrero del 2006, la fiscal pidió a la Prefectura de Lima garantías para su vida, interpretando las palabras del Dr. Manuel Fajardo que este proceso era "una guerra a muerte por hacer justicia" como una amenaza de muerte contra su persona.

Aparte de sus ataques a los abogados defensores, la fiscal con el apoyo del procurador del Estado para casos de terrorismo, Guillermo Cabala, arremetieron contra los jueces a quienes en reiteradas ocasiones acusaron de actuar con demasiada benignidad frente a los acusados y sus abogados defensores. Sin embargo, estas aparentes diferencias eran nada más que una cortina de humo, ya que el tribunal al final de cuentas admitió todos los testigos y pruebas cuestionables de la fiscalía. Y el hecho que los jueces no dieron a todos los acusados las penas solicitadas por la fiscalía respondía únicamente a la circunstancia que una parte de ellos está detenida desde antes del aumento de las penas con las leyes decretadas por el dictador Fujimori el aņo 1992. Sin embargo, ellos también fueron sentenciados a la pena máxima posible de acuerdo a las leyes anteriores. Todo eso demuestra que el nuevo proceso sólo era una formalidad jurídica para mantener la apariencia de un debido proceso y crear una legitimación para mantener los acusados, especialmente la dirección central del PCP en la cárcel por el resto de sus vidas.

Los objetivos del Estado peruano

Con este proceso el Estado peruano continúa aplicando su línea de condenar como "terrorismo" la justa rebelión el pueblo contra explotación, opresión, miseria y atraso. El objetivo central de esta política es suprimir la influencia de las ideas de los llamados terroristas, en el caso del PCP del marxismo-leninismo-maoísmo y de su aplicación a las condiciones concretas del Perú, el pensamiento Gonzalo, calificándole de fanatismo ciego que sólo ha traído caos y desgracia para el país, ya que los representantes del Estado peruano, ante todos los gobiernos de turno, muy bien saben que el caldo de cultivo para estas ideas sigue existiendo más que nunca y que por la política neoliberal las contradicciones dentro de la sociedad peruano se han agudizado más.

Parte de esta línea es cargar sobre los insurrectos la responsabilidad de la política de genocidio que aplicó el Estado peruano para combatir la rebelión armada. Desde que, después del derrumbe del dictador Fujimori en noviembre del 2000, comenzaron salir a luz los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la guerra interna, hubo una creciente tergiversación de los hechos para ocultar que el Estado aplicó una política sistemática de genocidio aprobada por los gobiernos de turno para combatir a la rebelión armada. Al comienzo la opinión pública estaba convencida que la gran mayoría de los crímenes de lesa humanidad fueron cometidos por las fuerzas del Estado, como también lo demuestra la mayor parte de los casos conocidos y documentados; sin embargo, posteriormente este punto de vista cambió, luego que se había pasado a inflar los pocos casos en los cuales hubo excesos de parte de la guerrilla del PCP como el caso de Lucanamarca para agrandar la responsabilidad de los insurrectos. Esta continua campaņa hizo efecto, pues mientras tanto la versión oficial es que el PCP tiene la responsabilidad principal de las víctimas de la guerra interna porque con la insurrección provocó la reacción del Estado que se vio en la necesidad de defender la "democracia" y "el Estado de derecho", produciéndose algunos "excesos" por responsabilidad individual de algunos agentes del Estado. A ello sirvió también el informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación del aņo 2003 donde ésta, cediendo a la presión de las fuerzas archirreaccionarias, refuerza este punto de vista. Una maniobra que sirve a este fin era que se infla el número de víctimas de la guerra interna partiendo de que hubo 69000 muertos, una cifra que era producto de métodos estadísticos sumamente dudosos, ya que se presumió que aparte de los casos documentados de crímenes de lesa humanidad, cometidos por el Estado peruano, debe haber un número igual de casos no conocidos que van a cargo de la guerrilla, sin que se comprobó de alguna manera esta hipótesis. No obstante, a partir des esta fecha, los medios de comunicación empezaron a manejar esta cifra, la que implica una grave adulteración de los hechos, para resaltar en cada ocasión la supuesta responsabilidad de la dirección de la PCP por las 69000 víctimas de la guerra interna.

Por consiguiente, en los procesos por "terrorismo" y en especial en el llamado "megaproceso" se apunta a condenar la revolución tanto moral como jurídicamente y crear la justificación para mantener presos a los acusados por el resto de sus vidas para "proteger la democracia" de un nuevo intento de rebelión armada.

Con este fin, pocos días antes de iniciar el proceso se montó una nueva campaņa exigiendo que se imponga penas drásticas a los "terroristas". Políticos, juristas, periodistas, militares, oficiales de la policía reaccionarios y otros defensores del caduco Estado peruano advirtieron públicamente del peligro de dejar libre algún "terrorista" porque éstos se niegan a abandonar sus ideas e inmediatamente se vuelven a organizar cuando salen en libertad. El presidente del Consejo de Ministros, Pedro Pablo Kuczynski, manifestó que se ha agudizado el problema del terrorismo en el país y que las acciones terroristas habían aumentado. Estas declaraciones de inmediato fueron desmentidas por el Presidente Toledo y otros ministros que querían evitar que se les atribuya una posición de debilidad, lo que motivó a Kuczynski corregir su posición aduciendo que se había referido a "indicios de que subversivos en libertad están activos y realizando trabajos de adoctrinamiento". Además hizo referencia a la detención de medio centenar de personas en la sierra norte y sur del país que se mantenían con órdenes de detención por terrorismo desde 1991. Sin embargo, lo que no dijo era que este hecho no expresa nada sobre sus verdaderas actividades, porque en el Perú se sigue buscando con orden de detención a miles de supuestos "terroristas" en base de una mera sospecha o la denunciación arbitraria de personas que se acogieron a la ley de arrepentimiento.

El procurador Guillermo Cabala se sumó a la campaņa criticando la liberación por falta de pruebas de los principales acusados del ataque al Centro Comercial "El Polo" en Lima y el fallo contra Maritza Garrido Lecca, la bailarina que había alquilado la casa donde se capturó la dirección del PCP en 1992, quien fue sentenciada a "sólo" 20 aņos de cárcel, lo que le abrió la posibilidad de salir en pocos aņos con libertad condicional. Estas críticas tuvieron resultados, ya que mientras tanto, en la revisión se ha aumentado la pena de Garrido Lecca a 25 de prisión. Asimismo, en noviembre del 2006, la Corte Suprema incrementó la pena contra Edmundo Cox Beuzeville de 25 a 35 aņos de cárcel porque consideró por comprobado que era miembro del Comité Central del PCP. Si se considera que poco antes del inicio del "megaproceso" dos miembros del siniestro grupo paramilitar "Colina", un comando secreto del ejército responsable de una gran cantidad de ejecuciones ilegales, sólo fueron sentenciados a penas de 3 y 6 aņos de prisión respectivamente, es evidente que en los procesos por terrorismo lo central no es juzgar los actos realmente cometidos por los acusados sino imponerles penas especiales para sus ideas de transformación de un sistema social injusto con el fin de desprestigiarlas e impedir la difusión de estas ideas como dé lugar.

Estos ataques centraron obviamente en el jefe del PCP para mermar su. Por lo tanto, se puede considerar el "megaproceso" como la continuación de la campaņa que se armó durante aņos apuntando a socavar el reconocimiento y el respeto que goza el Dr. Guzmán en amplias partes de la población peruana - porque eran cientos de miles que de una o otra manera participaron en la guerra popular y muchos más que secretamente pusieron sus esperanza en él - pintándolo como un megalómano y déspota envanecido que basa su autoridad en un culto de la personalidad creado por el mismo. Tras de ello está la clara intención de separar el PCP y especialmente su dirección de la base, tratando de crear la imagen de en el movimiento armado, por un lado, hubo dirigentes seductores y, por el otro, las bases seducidos y confundidos.

Un colaborador sumiso encontraron los defensores del Estado reaccionario en Oscar Ramírez Durand, el camarada Feliciano, ex miembro de la dirección del PCP, quien después de su detención en el aņo 1998, presurosamente cambió de lado y, desde entonces, en entrevistas con la prensa, declaraciones ante el Poder Judicial o, en su época, ante la Comisión de la Verdad viene difundiendo imputaciones infames contra la Dirección Central del PCP, el Dr. Abimael Guzman y Elena Iparraguirre que, si bien contienen poca información jurídicamente relevante, están llenas de malicias venenosas. Así también en el "megaproceso" contra la dirección del PCP se presentó como testigo de la fiscalía para, una vez más, cuestionar públicamente el carácter y las capacidades del presidente del PCP y desprestigiarlo. Para dar peso adicional a sus declaraciones, a los dos días del inicio del proceso, el diario "El Comercio" publicó las respuestas a un cuestionario presentado a Ramírez Durand, dándole otra oportunidad para repetir sus ataques miserables al Dr. Abimael Guzmán Reynoso y Elena Iparraguirre. Además, el aņo 2006, se publicó un libro que redactó dando su punto de vista de las cosas.

En sus declaraciones ante la Corte, que fueron una parte central del juicio y se extendieron por meses, afirmó que "Sendero Luminoso ya fue, es parte de la historia", y aseguró que tiene confianza en el Poder Judicial y en la democracia en el Perú, criticando la decisión del resto de los acusados de cuestionar el proceso y negarse a declarar, llamándoles a hablar, ya que "se están dando las garantías". Según Ramirez Durand, la responsabilidad para la destrucción de la organización tiene el jefe del PCP, a quien calificó de "irresponsable, cobarde y traidor", acusándole de haberse sometido al ex consejero del Presidente Fujimori, Montesinos, a cambio de algunas comodidades y facilidades carcelarias. Con estas declaraciones se refirió a las negociaciones por un Acuerdo de Paz que inició la dirección del PCP el aņo 1993, sabiendo que los máximos dirigentes en libertad, Ramirez Durand y Margie Clavo Peralta, no tenían la capacidad de continuar exitosamente la guerra popular, una apreciación confirmada plenamente por los hechos, especialmente por la actitud que asumió Ramirez Durand después de su detención. En realidad ha sido él quien desde el inicio, saboteó el Acuerdo de Paz previsto, prohibiendo a la fuerza cualquier debate de los fundamentos políticos, escindiendo al PCP e impidiendo de este modo que se concretara la solución política a la que se apuntaba en un momento, en que el Partido aún se encontraba en una posición relativamente fuerte.

Al mismo tiempo trató de echar la culpa por la detención de la mayoría del Comité Central del PCP al Jefe del Partido. En este contexto, entre otras cosas, criticó la famosa entrevista que el aņo 1989, el Presidente Gonzalo concedió al periódico "El Diario", calificándolo como "gran error" porque dio a la policía pistas que posteriormente llevaron a la captura de la Dirección Central del PCP, error que según él se debía a que el jefe del PCP era un "megalómano" que "estaba en las nubes" y "se creía como un Díos" un "mesías". Además imputó al jefe el PCP de haberse nombrado él mismo presidente del Partido y haber formado un clan dentro de la organización que lo mantuvo en esta posición. El Pensamiento Gonzalo lo calificó como mala interpretación del maoísmo. También insinuó que era sospechosa la muerte de Augusta de La Torre, la camarada Norah, miembro del Comité Permanente del Buró Político del PCP y esposa del Dr. Abimael Guzmán, y recomendó a la Corte investigar las circunstancias de su muerte, aunque en anteriores oportunidades Ramirez siempre se había expresado despectivamente sobre esta dirigente.

En su odio desenfrenado contra el jefe del PCP y en su afán de presentarse como arrepentido y cooperativo Ramirez Durand también estaba dispuesto a respaldar la infame imputación que la reacción peruana viene sosteniendo hace muchos aņos que el PCP había entrado en una alianza con el narcotráfico para financiar la lucha armada, declarando entre otras cosas que el jefe del Comité del Partido del Huallaga supuestamente entregó al Dr. Abimael Guzmán un millón de dólares, de los cuales, sin tener prueba alguna, presumía que era dinero del narcotráfico. Encima acusó al Dr. Guzmán de no haber rendido cuentas del uso de este dinero, insinuando que se había enriquecido personalmente llevando una supuesta vida de lujo en la ciudad, mientras sus seguidores sufrían las penurias de la guerra de guerrillas en el campo. Sin embargo, en los documentos del PCP se informa que en verdad ha sido él quien estaba encargado de organizar el traslado de la Dirección Central al campo, tarea que no cumplió, lo que era una de las causas de la detención de la dirección partidaria.

Ramirez Durand también se prestó a servir a la estrategia del Estado peruano de echar la culpa por la política de genocidio que aplicó para combatir la rebelión armada a los mismos insurrectos. Confundiendo el papel de asesinos y víctimas manifestó que el asesinato de 250 presos políticos en las cárceles El Frontón Lurigancho y Santa Bárbara que ordenó el gobierno del APRA en junio de 1986, era la consecuencia de una estrategia provocada por el PCP para inducir al APRA a cometer un genocidio. Además dejó entrever que la política de genocidio que aplicó el gobierno de Alan García en esa época, era incitada por el PCP porque la dirección partidaria no aceptó una oferta del APRA de resolver el conflicto armada mediante un diálogo.

Por lo demás se distanció de la guerra popular y respaldó la posición de la fiscalía que la dirección del PCP había ordenado directamente muchas acciones militares. Ramirez Durand condenó especialmente el atentado de la calle Tarata en el distrito de Miraflores en Lima, donde en 1992, un cochebomba mató 25 personas y hirió otras 155, responsabilizando de este hecho directamente a la dirección central del PCP, aunque ésta no había sido informada de la planificación de la acción y al poco tiempo lo calificó de grave error y lo criticó, como se puede leer en los documentos del Partido de esa época. Ramirez Durand tampoco se inhibió a pasar a la denunciación abierta para comprobar su disposición de colaborar con el Poder Judicial, afirmando que el abogado Alfredo Crespo era militante del PCP y conocía un plan de liberación del Dr. Guzmán y Elena Iparraguirre de la isla San Lorenzo, lo que el abogado rechazó como imputación maliciosa. Aparte reveló las supuestas identidades del camarada Artemio y otro dirigente de las unidades guerrilleras que siguen activos en la región del Huallaga.

Sin embargo, estas declaraciones no tuvieron la esperada gran repercusión en los medios de prensa. La campaņa pública contra la dirección del PCP que se intensificó en torno al inicio del proceso bajó pronto lo que, por un lado, se debía a la publicidad restringida del juicio. Por otro lado, se hizo evidente que los medios de comunicación y la opinión pública nacional e internacional, en primer lugar, están interesados en lo que tienen que decir el Dr. Abimael Guzmán y los demás dirigentes del PCP, como comprobó el gran interés en el proceso frustrado de noviembre 2004. Así la decisión de la mayoría de los acusados de negarse a declarar motivada, entre otras cosas, por la restricción de la libertad de expresión, impidió una nueva amplia campaņa contra el PCP y la ideología que representa.

La posición del PCP
Los presos políticos del PCP, desde un comienzo, han venido luchando por su reconocimiento como prisioneros de guerra y se oponen a que las acciones militares de la guerrilla sean calificados como "actos terroristas" mientras las numerosas violaciones de las fuerzas del Estado peruano se presenta como acciones necesarias para defender una democracia sumamente cuestionable. Por lo tanto, exigen el reconocimiento de la guerra interna como conflicto armado no internacional en el sentido del 2° Protocolo Adicional de la Convención de Ginebra. Este prevé una "amnistía lo más amplia posible" después del término del conflicto armado, que pese a la posición contraria de algunos grupos guerrilleros aislados en el Perú es un hecho. En este sentido se tiene que entender la demanda del PCP a la reconciliación nacional, que implica además la democratización amplia y generalizada de la sociedad peruana. De acuerdo a esta posición rechazan que se les trata y se les juzga como delincuentes.

Sin embargo, mientras el Estado aplica esta práctica, exigen el respeto de las garantías elementales de un debido proceso, basándose en la Constitución peruana y tratados internacionales. Eso implica que cada acusado tiene el derecho a un debido proceso ante un juez natural y en base del derecho penal común. Leyes especiales como la legislación antiterrorista del gobierno Toledo que, como las leyes antiterroristas anteriores, sigue previendo penas drásticas para delitos motivados políticamente o considera como delito actos que según el derecho penal común no lo son, si éstos tienen un fondo político, violan este derecho como también los tribunales especiales para terrorismo. Además la aplicación de la nueva legislación del aņo 2003 viola el principio que ninguna ley puede aplicarse de manera retrógrada salvo que favorece al acusado. Por esta razón, la gran mayoría de los procesados en el llamado "megaproceso" rechaza el juicio como ilegal. A eso se suma la restricción del derecho a la defensa por medidas de aislamiento de los presos, que no permiten conversaciones confidenciales y el intercambio de documentos con los abogados, la restricción de la publicidad del juicio oral y la admisión de testigos anónimos y otras pruebas cuestionables.

Por todas estas razones, la dirección del PCP decidió no declarar en el proceso para expresar de este modo que no reconoce la legitimidad de la Sala Antiterrorista. En el plano jurídico, su objetivo es agotar los medios jurídicos internos creando así las condiciones para presentar el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por eso la defensa apeló las sentencias para que la Corte Suprema como máxima instancia interna defina el caso.


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